La Cámara de Huesca cuenta con un Servicio de Arbitraje y Mediación para la resolución de conflictos entre empresas como alternativa a los tribunales de justicia
Las Cámaras de Aragón forman parte de la Corte Aragonesa de Arbitraje y Mediación, constituida hace 15 años, que proporciona una herramienta privada de resolución de conflictos para empresas y particulares, administrando y gestionando procedimientos de arbitraje y mediación con eficiencia y celeridad en la solución y absoluta seguridad jurídica, lo que genera confianza en las relaciones contractuales.
Ventajas del arbitraje y la mediación:
- Voluntariedad.
- Neutralidad e imparcialidad
- Confidencialidad
- Especialización de los árbitros y mediadores
- Menor tiempo y coste
- Sencillez
- Fuerza legal
¿Qué es el arbitraje?
Es un medio de solución de conflictos basado en la autonomía de la voluntad de las partes. Se trata de un mecanismo alternativo a los tribunales de justicia, que permite someter las cuestiones litigiosas a la decisión de uno o varios árbitros obteniendo una decisión que ponga fin al conflicto con todos los efectos de la cosa juzgada.
¿Quiénes pueden solicitar un arbitraje?
Todas las empresas y particulares que quieran dirimir sus controversias mediante la intervención de árbitros especializados.
¿Cómo se acude a un arbitraje?
Para resolver eventuales conflictos mediante un arbitraje, las empresas y particulares deben incluir la cláusula arbitral de la Corte Aragonesa de Arbitraje en sus contratos.
¿Cuándo es oportuno acudir a la vía arbitral?
Teniendo en cuenta que sólo son susceptibles de arbitraje las controversias sobre materias de libre disposición conforme a Derecho, parece aconsejable acudir a la vía arbitral, entre otros:
- conflictos entre empresas respecto a sus relaciones comerciales.
- controversias entre una sociedad y sus administradores o socios y temas societarios en general.
- cuestiones relativas al registro de marcas y de propiedad industrial.
- conflictos relativos a la prestación de servicios, obras y reparaciones.
- asuntos de responsabilidad civil.
- contratos de franquicia.
¿Qué es la mediación?
Es una solución de conflictos voluntario mediante el cual, con intervención de un tercero neutral, el mediador, que dirige el proceso y facilita la toma de acuerdos, las partes involucradas intentan resolver su controversia. Tiene efecto de cosa juzgada elevando a público el acuerdo.
¿Quiénes pueden solicitar la mediación?
Todas las empresas y particulares que quieran explorar las distintas posibilidades de solución de conflictos desde la voluntariedad.
¿Cómo se acude a una mediación?
Partiendo del principio básico de voluntariedad que caracteriza a la mediación, las partes pueden formalizar, a través de un documento o contrato, el compromiso de acudir a este procedimiento en caso de controversia entre las partes implicadas.
También, pueden solicitar directamente ante la Corte el inicio de un proceso de mediación sin necesidad de acuerdo previo. Puede ser a solicitud conjunta de las partes en conflicto o bien por una sola de ellas,
Situaciones susceptibles de mediación
- Dificultades entre socios
- Dificultades en empresas familiares, relevos generacionales, transiciones, sucesión de empresa, pactos.
- Relaciones contractuales
- Conflictos familiares y su vertiente económica y empresarial.
- Conflictos empresariales y civiles