1 . Subvenciones para el fomento de la actividad económica
Ayuntamiento de Jaca
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca de 22/07/16
Plazo presentación: Hasta el 31 de octubre de 2016.
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones todas las personas físicas o jurídicas que hayan obtenido la correspondiente licencia de actividad o documento equivalente. Los solicitantes deberán hallarse al corriente con sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y carecer de deudas con la Tesorería Municipal. En el caso de que la subvención se solicite para un mismo destino y finalidad que en ejercicios anteriores deberá acreditar la realización de la actividad, para lo que se admitirá la aprobación de la justificación por el órgano concedente o que se encuentre en periodo de justificación. (art. 9 b) Ley de Subvenciones de Aragón)
Objeto:
El objeto de la subvención es regular la acción de fomento del Ayuntamiento de Jaca con el fin de lograr la implicación directa de la iniciativa privada en el objetivo de fomentar la actividad económica, en aquellos sectores o ramas de actividad que se presupone van a generar los mayores efectos positivos en su implantación y desarrollo para esta zona, estableciendo para ello, los criterios y el procedimiento con arreglo a los cuales se desarrollará la actividad municipal. Los sectores de actividad incluidos son los siguientes:
-Ganadería extensiva u otros formas ganaderas que velen por el bienestar animal.
-Implantación, transformación y modernización del regadío.
-Implantación y modernización de comercio al por menor en suelo urbano residencial.
-Implantación de nuevas industrias o empresas no comerciales de servicios en los polígonos industriales de Llano de la Victoria y Campancián.
-Agricultura ecológica y nuevas producciones agrícolas (aromáticas o cultivos alternativos)
Tendrán la consideración de actuaciones subvencionables las siguientes actuaciones promovidas por particulares, personas físicas o jurídicas, que hayan sido autorizadas por la administración municipal en el ejercicio de sus competencias, dentro del ámbito territorial del término municipal de Jaca:
-Las obras de implantación, transformación y modernización de instalaciones de regadío de explotaciones agrícolas.
-Las obras de construcción o modificación de naves que vayan a ser destinadas a explotaciones de ganadería extensiva y producciones ganaderas que velen por el bienestar animal.
-Las obras de acondicionamiento y decoración de local con destino a la apertura de nuevos comercios al por menor o la modernización de los existentes.
Como requisito adicional, se exige que la actuación en concreto suponga un incremento de puestos de trabajo, entendiéndose por ello, la contratación de al menos un trabajador o el alta como autónomo del promotor.
Bases reguladoras:
Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones en el Ayuntamiento de Jaca aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 16 de mayo de 2012 y publicado en el BOP HU núm. 127, de 5 de julio de 2012.
Las subvenciones establecidas se concederán en régimen de concurrencia competitiva de conformidad con lo establecido en los artículos 22 y siguientes de la Ley de Subvenciones, siendo compatible con otras otorgadas para la misma finalidad.
Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en el modelo normalizado que figura como Anexo de esta convocatoria en el Registro General del Ayuntamiento, o por cualquiera de los medios admitidos en el procedimiento administrativo, en el plazo que discurre entre la publicación del anuncio de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y el 31 de octubre de 2016.
2. Se convocan subvenciones para el fomento de la agricultura ecológica en el año 2016
Ayuntamiento de Jaca
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca de 22/07/16
Plazo presentación: 6 de Agosto de 2016
Observaciones:
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones todas las personas físicas o jurídicas que sean agricultores activos en explotaciones agrícolas que cumplan con los compromisos y requisitos exigidos a la producción ecológica en el Reglamento (CE) Nº 834/2007 del Consejo, de 28 de junio de 2007, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) Nº 2092/91 y que transformen esos productos agrarios en instalaciones dentro del municipio de Jaca. Para poder ser beneficiarios de estas subvenciones, los solicitantes deberán hallarse al corriente con sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y carecer de deudas con la Tesorería Municipal.
Objeto:
El objeto de la concesión de estas subvenciones es el fomento de la agricultura ecológica en el municipio de Jaca y de las actividades de transformación de los productos ecológicos obtenidos.
Estas subvenciones se dirigen a promover sistemas viables de gestión agraria que respeten los sistemas y ciclos naturales, utilicen de forma responsable la energía y los recursos naturales, preserven y mejoren la salud del suelo, el agua, las plantas, los animales y el equilibrio entre todos ellos y contribuyan a alcanzar un elevado grado de biodiversidad, lo que redunde en una mejora del medio ambiente.
Por otro lado, se dirigen a la creación y mejora de actividades económicas de transformación de los productos procedentes de la agricultura ecológica cultivados en el municipio de Jaca para que su valor añadido permanezca ligado al territorio.
Tendrán la consideración de actuaciones subvencionables las siguientes, siempre que se realicen en el ámbito territorial del término municipal de Jaca:
o Las obras e instalaciones de nueva planta, reforma, conservación y rehabilitación integral de edificios destinados a la actividad agraria ecológica y a la transformación de los productos obtenidos con ella.
o Las actuaciones de preparación inicial del terreno en parcelas comprometidas con la agricultura ecológica.
o Las obras e instalaciones de implantación, transformación y modernización de infraestructuras de riego en parcelas comprometidas con la agricultura ecológica.
o Las obras e instalaciones de implantación, transformación y modernización de invernaderos en parcelas comprometidas con la agricultura ecológica.
o Las instalaciones para el ahorro y la eficiencia energética, el ahorro de agua y para la aplicación de tecnologías de la información y la comunicación asociadas a otras inversiones realizadas para la actividad agraria ecológica y la transformación de los productos obtenidos con ella.
o Los caminos y accesos a parcelas comprometidas con la agricultura ecológica.
o La adquisición de maquinaria y utillaje destinada a explotaciones de agricultura ecológica
Bases reguladoras:
Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones en el Ayuntamiento de Jaca, aprobada por el Pleno Municipal el día 16 de mayo de 2012, y que fue objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca núm. 127, de 5 de julio de 2012. Las subvenciones establecidas se concederán en régimen de concurrencia competitiva de conformidad con lo establecido en los artículos 22 y siguientes de la Ley de Subvenciones, siendo compatible con otras otorgadas para la misma finalidad.
Estas subvenciones son incompatibles con las subvenciones municipales dirigidas al fomento de la actividad económica, pero serán compatibles con otras ayudas establecidas por otros órganos o entidades para el mismo objeto.
Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en el modelo normalizado que figura como Anexo a esta convocatoria en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento, o por cualquiera de los medios admitidos en el procedimiento administrativo, en el plazo de quince días desde la publicación de la extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
3. Se convocan subvenciones para la adecuación y accesibilidad de locales en el casco histórico en 20162016
Ayuntamiento de Jaca
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca de 22/07/16
Plazo presentación: 22 de septiembre de 2016
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones todas las personas físicas o jurídicas que cumplan los siguientes requisitos:
Ser titulares o haber solicitado una licencia de apertura para un establecimiento de uso comercial situado en el ámbito del casco histórico de Jaca.
Haber solicitado y obtenido licencia de obras para cualquiera de las actuaciones contempladas en el punto 3 de la convocatoria.
Objeto:
El objeto de la subvención es cooperación de la iniciativa privada en la mejora de la accesibilidad y de la adecuación de las condiciones formales de los locales destinados a uso comercial en el ámbito del Casco Histórico de Jaca.
El ámbito territorial de aplicación de esta convocatoria será el del Plan Especial de Mejora y Conservación del Casco Histórico de Jaca.
Tendrán la consideración de actuaciones susceptibles de recibir las ayudas económicas de la presente convocatoria las desarrolladas, durante el año 2016, dentro del ámbito de aplicación de la misma que hayan obtenido licencia de obras, no hayan sido objeto de expediente de disciplina urbanística y tengan por objeto la adaptación de locales de uso comercial situados en el ámbito del casco histórico en los siguientes supuestos:
- A) Las obras de supresión de barreras arquitectónicas en el acceso a los locales y la adaptación de baños.
- B) La adecuación formal de las fachadas de los locales a las indicaciones que se contienen en el Plan Especial (supresión tendidos aéreos, de marquesinas u otros elementos discordantes, sustitución de rótulos, arreglo y pintura de fachadas.
- C) Las obras de conservación de los elementos singulares catalogados en cualquier nivel de protección en la normativa urbanística.
Bases reguladoras:
Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones en el Ayuntamiento de Jaca aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 16 de mayo de 2012 y publicado en el BOP HU núm. 127, de 5 de julio de 2012.
Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentaran en el modelo normalizado que figura como anexo de esta convocatoria en el Registro General del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios admitidos en el procedimiento administrativo en el plazo de dos meses desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.