Las Cámaras de Comercio actuarán como mediadores y árbitros para garantizar la ausencia de conflictos y asesorarán en materia concursal, según recoge el Real Decreto Ley
El Proyecto de Real Decreto Ley sobre Segunda Oportunidad, aprobado por el Consejo de Ministros, incentivará la creación de nuevos negocios y, por tanto, la generación de empleo. Para la Cámara de Comercio de España este Decreto acabará con la situación de insolvencia y de exclusión social de tantos emprendedores que, tras un fracaso empresarial, se han visto abocados a responder con su propio patrimonio, lo que contribuirá a que los españoles pierdan el prejuicio a emprender, evitando el estigma del fracaso y poder en un futuro iniciar una nueva aventura empresarial.
Asimismo, la Cámara de Comercio de España valora positivamente las funciones de mediación y arbitraje que otorga el Real Decreto Ley a las Cámaras de Comercio para “garantizar la trasparencia y la ausencia de conflictos de interés”.
Además, podrán desempeñar funciones adicionales que permitan auxiliar a los emprendedores en materia concursal tales como las de asesoramiento, preparación de solicitudes de designación de mediador, de acuerdos extrajudiciales de pagos, preparación de la documentación, elaboración de listas de acreedores, créditos y contratos y de evaluación previa de propuestas de convenio”.
Estas medidas suponen un reconocimiento a la labor desarrollada por las Cámaras de Comercio para el impulso y desarrollo de la mediación en la resolución de conflictos en la actividad empresarial.
Las Cámaras de Comercio cuentan con un Servicio de Mediación que se ha implantado de forma homogénea en todo el territorio nacional, y se caracteriza por su sencillez, voluntariedad y la disposición de un equipo técnico de mediadores cualificados y homologados por las Cámaras. Hasta el momento, han sido formados más de 300 mediadores en las Cámaras. Asimismo, las distintas Cámaras cuentan 198 inscritos en sus Listas de mediadores.
Entre sus principales objetivos está contribuir como vía complementaria o alternativa a la solución de conflictos, por una parte, y, también, mejorar la competitividad de las empresas, resolviendo los conflictos de forma ágil, eficaz y poco costosa para las empresas.
Las Cámaras son instituciones idóneas para tal cometido:
- Son Corporaciones de Derecho Público a las que el legislador ha indicado expresamente que actúen como instituciones de mediación civil y mercantil.
- Tienen prestigio y experiencia en el apoyo a la solución de conflictos.
- Disponen de medios y espacios para el desarrollo de las funciones de mediación.
- Cuentan desde 1993 con una red de más de 40 Cortes y Tribunales de Arbitraje.
- Son cercanas al ámbito económico y empresarial de su demarcación, desde su capilaridad territorial.
- Ofrecen agilidad, flexibilidad y eficacia.
Experiencia en segunda oportunidad
El derecho a una segunda oportunidad ha sido una antigua reivindicación de las Cámaras de Comercio. De hecho, en colaboración con el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, desarrollan el programa RELANZA, un programa gratuito para asegurar la continuidad de pymes y autónomos, que atraviesan por una difícil situación financiera.
El Programa pone a su disposición un consultor que, de forma práctica e individualizada, asesora y ayuda a la empresa a conocer su verdadera situación y tomar las decisiones más acertadas para salvar el negocio. Para los empresarios que necesariamente estén obligados al cierre, el programa ayuda a liquidar la empresa de forma legal y ordenada, con el fin de que la disolución tenga el menor impacto económico para el empresario y sus familiares. En estos casos, el programa ofrece también una “Segunda Oportunidad” al empresario, iniciando una nueva actividad empresarial para lo que cuenta con asesoramiento y apoyo técnico desde el principio.