Orden ICD/1086/2020, de 11 de noviembre, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones y se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones a personas trabajadoras en régimen autónomo y pequeñas y medianas empresas de los sectores económicos afectados por las restricciones derivadas de la pandemia COVID-19 en Aragón. Las actividades que lo pueden solicitar son: Bares, Ocio Nocturno, Comercio al por mayor de alimentos y bebidas canal HORECA y Catering y comidas preparadas para eventos La presentación de solicitudes de subvención correspondientes a esta convocatoria deberá realizarse de forma electrónica mediante el tramitador online del Gobierno de Aragón (TTO) ,utilizando el procedimiento 2465 “ Subvenciones sectores económicos afectados restricciones derivadas covid” accesible a través de la siguiente dirección electrónica : https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/subvenciones-autonomos-pymes-sectoresafectados-covid-19 Toda la información en: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/subvenciones-sectores-economicos-afectados-restricciones-derivadas-covid Importe de las ayudas: Bar: 1.000 euros por establecimiento. Ocio Nocturno, Comercio al por mayor de alimentos y bebidas canal HORECA y Catering y comidas preparadas para eventos: 3.000 euros por establecimiento.
- La cuantía total a percibir por beneficiario en ningún caso superará los 10.000 euros
Subvenciones sectores económicos afectados restricciones derivadas covid
La concesión de subvenciones a empresas autónomos o pymes que pertenezcan a los siguientes sectores : bares,ocio nocturno ,comercio al por mayor canal HORECA y catering y comidas preparadas para eventos, por el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva.- ¿Quién puede solicitarlo?
- Requisitos y observaciones
- Requisitos específicos:
- Bares. Desarrollar la actividad económica como bar con el código CNAE 5630 u otro que contemple la actividad .
- Bares con música, pubs, güisquerías, clubs, cafés-teatro, cafés-cantante, discotecas, discotecas de juventud, salas de fiestas y tablaos flamencos. Desarrollar la actividad económica con el código CNAE 5630 u otro que contemple la actividad.
- Comercio al por mayor de alimentos y bebidas con distribución en canal HORECA. Desarrollar la actividad económica como Comercio al por mayor de alimentos y bebidas con el código CNAE 463. Haber sufrido en los primeros nueve meses de 2020 una caída de ingresos de al menos el 50% respecto al mismo período del año anterior como consecuencia de la pandemia. Haber destinado durante el ejercicio 2019 al menos un 50% de la facturación total de la empresa al canal HORECA.
- Catering y comidas preparadas para eventos. Ser un empresario autónomo o una pyme que desarrolle su actividad económica como Catering y comidas preparadas para eventos con el código CNAE 5621. Haber sufrido en los primeros nueve meses de 2020 una caída de ingresos de al menos el 50% respecto al mismo período del año anterior como consecuencia de la pandemia.
- Requisitos comunes:
- Tener el domicilio fiscal en la Comunidad de Aragón .
- Que el establecimiento para el que se solicita la ayuda se encuentre en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- No incurrir en alguna de las prohibiciones previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
- No haber sido sancionado por la autoridad laboral competente, mediante Resolución administrativa firme, con las sanciones accesorias de exclusión del acceso a ayudas y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo previstas en los artículos 46 y 46 bis del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
- Cumplir con los requisitos exigidos por la legislación medioambiental, en relación al tratamiento de residuos que en su caso produzca.
- Cumplir con los requisitos exigidos en la legislación tanto en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres como en materia laboral.
- Cualesquiera otras no citadas expresamente que vengan establecidas en la normativa general de subvenciones o en la resolución de concesión.
- Correo electrónico. sot@aragon.es
- Teléfono. 976282181 / 976714737
- ¿Qué documentación necesito?
- Declaración responsable Relativa a los requisitos exigidos para ser beneficiario de la subvención incluidos en el artículo 3.
- Declaración responsable de las ayudas de mínimis Concedidas al solicitante durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso ,estatales así como de otras ayudas a fin de comprobar que no se superan los límites de 200.000 euros.
- Declaración responsable en el caso de los establecimientos del artículo 3.1.3 y 3.1.4 De disminución de ingresos de al menos el 50% en el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2020, respecto del mismo período de 2019.
- Declaración responsable en el caso de los establecimientos del artículo 3.1.3 De destino al menos el 50% de su facturación al canal HORECA en el ejercicio de 2019.
- Declaración del CNAE de la empresa o autónomo solicitante.
- Horario de apertura y cierre autorizado. Del establecimiento en el caso de los establecimientos del artículo 3.1.1 y 3.1.2.
- Documento de la representación de la persona jurídica. Salvo que se presente la solicitud con certificado digital de representante de persona jurídica.
- Bares y Ocio Nocturno: Licencia municipal o certificado del Ayuntamiento. Acreditativos de la actividad, del titular, del horario de funcionamiento. Copia de la solicitud si está en trámite anterior a la publicación de la Orden
- Modelo 036, 037 o certificado de situación censal Agencia Tributaria.
- Documento bancario. Acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria
- Identidad de solicitante o representante
- Certificado Agencia Estatal Administración Tributaria Acreditativo de estar al corriente obligaciones tributarias.
- Certificado Tesorería General de la Seguridad Social Acreditativo de estar al corriente obligaciones Seguridad Social.
- Certificado Administración tributaria Comunidad Autónoma Acreditativo de estar al corriente obligaciones tributarias.
- Lugar y forma de presentación
- ¿Tienes alguna consulta sobre este servicio?
- Utilizar el navegador Google Chrome
- Tener instalado Autofirma
- Si son mercantil: lo tendrán en el Impuesto de Sociedades (modelo 200) en la primera hoja arriba a la derecha.
- Si sois persona física: Con vuestro epígrafe de IAE en la herramienta de censos de la agencia tributaria, ponedla en el cajetín de búsqueda y cuando la tengáis localizada pinchad en el botón “ver detalle” para llegar al CNAE https://www.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/html/buscadorActividades.html