DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDAD
Boletín Oficial de Aragón de 23/08/16
Plazo presentación: 09/09/2016
Objeto
Las subvenciones se encuadran en dos actuaciones: -Actuaciones dirigidas a clusters que sean Agrupaciones Empresariales Innovadoras para realizar acciones relativas a las TIC y a la sociedad de la información (en adelante, “Clusters”). -Actuaciones dirigidas a la difusión de las TIC y la sociedad de la información (en adelante, “Difusión TIC”).
¿Quién lo puede solicitar?
- Los clusters que sean agrupaciones de empresas innovadoras y cuya razón social esté en Aragón, o cuyos miembros sean mayoritariamente empresas con domicilio, razón social o ámbito territorial de actuación dentro de la Comunidad Autónoma de Aragón y que posean oficinas o delegaciones en dicha Comunidad Autónoma.
- Entidades públicas y asociaciones sin ánimo de lucro, con domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón.
¿Qué actuaciones son subvencionables?
En el caso de los clusters: Actuaciones consistentes en la elaboración y ejecución de proyectos o acciones cuya finalidad sea la implantación y difusión de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) y de la sociedad de la información y que consistan en:
– proyectos del clúster que permitan la implantación o mejora de servicios TIC o el diseño de nuevas líneas de actuación TIC para sus empresas;
– proyectos intersectoriales/ interclusters que permitan la implantación o mejora de servicios TIC o el diseño de nuevas líneas de actuación TIC;
– formación en materia TIC común a las empresas del cluster; y
– cualesquiera que contribuyan a la finalidad indicada.
En el caso de entidades públicas y asociaciones sin ánimo de lucro: Actuaciones consistentes en la elaboración y ejecución de proyectos o acciones cuya finalidad sea la implantación y difusión de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) y de la sociedad de la información y que consistan en:
– la celebración de jornadas, congresos y exposiciones cuya finalidad sea la difusión y la promoción de la sociedad de la información o de las tecnologías de la información; y
– cualquier otra que contribuyan a la mencionada difusión
Normativa aplicable
ORDEN IIU/910/2016, de 8 de agosto, por la que se convocan subvenciones para 2016, para la implantación y difusión de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) y de la sociedad de la información.
ORDEN IIU/777/2016, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad.
¿Qué documentación necesito?
– Con carácter general deberá de presentarse la documentación recogida en el apartado 6 del artículo 8 de la ORDEN IIU/910/2016, de 8 de agosto.
Plazo abierto desde: 24/08/2016
Plazo abierto hasta: 09/09/2016
Plazo de resolución: seis meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes.
Lugar y forma de presentación
Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Gobierno de Aragón, sito en el Edificio Pignatelli, P.º María Agustín, número 36, de Zaragoza, o en cualquier otro registro de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o a través del Registro Telemático del Gobierno de Aragón cuando se presenten por medios telemáticos.
Formularios:
Solicitud_SI
Anexo_Declaracion_Representacion
ANEXO IV. Descripción de la actuación.Clusters
ANEXO V. Descripción de la actuación Difusión TIC
En el artículo vigésimo segundo de la convocatoria (orden IIU/910/2016) se publican las tablas resumen para los dos grupos beneficiarios de la convocatoria y sus correspondientes actuaciones subvencionables.