Horario: de lunes a viernes de 9 a 14h
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Subvenciones del Programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo

Subvenciones:

  1. Subvención al establecimiento como trabajador autónomo, destinada a promocionar el empleo por cuenta propia de personas desempleadas inscritas como demandantes de em­pleo.
  2. Subvención para el fomento del relevo generacional, destinada a facilitar la continuidad del negocio más allá de la vida laboral de su promotor.
  3. Incentivo a la consolidación de proyectos para favorecer el mantenimiento de la actividad por cuenta propia.
  4. Subvención para favorecer la incorporación al negocio familiar de trabajadores autó­nomos colaboradores.
  5. Subvención por la contratación del primer trabajador por cuenta ajena por parte de un trabajador autónomo, para favorecer el crecimiento de su proyecto de autoempleo.
  6. Subvención financiera para reducir los intereses de los préstamos para financiar las inversiones y otros gastos necesarios para la puesta en marcha y desarrollo de la acti­vidad.
Ámbito territorial y temporal Podrán ser objeto de subvención los supuestos se produzcan en el ámbito territorial de Aragón entre los días 1 de octubre de 2020 y 30 de septiembre de 2021. Plazo de solicitud: El plazo de todas ellas es un mes excepto en el caso de la subvención financiera, que será de 6 meses desde el día siguiente al de la formalización del préstamo si éste se formalizase con posterioridad al inicio de actividad. Si el préstamo se hubiese formalizado con anterioridad al inicio de la actividad, el plazo de 6 meses se computará desde dicho inicio. Beneficiarios:
  1. a) Que se establezcan como trabajadores autónomos o por cuenta propia y realicen la actividad en nombre propio.
  2. b) Que se incorporen al negocio familiar como autónomos colaboradores.
  3. c) Que alcancen el primer año de actividad como trabajadores autónomos y hayan sido beneficiarios de la subvención al establecimiento como trabajador autónomo o de la subvención para el fomento del relevo generacional.
  4. d) Que formen parte, en su calidad de trabajadores autónomos o por cuenta propia, de sociedades civiles o de comunidades de bienes, siempre que las subvenciones se so­liciten a título personal.
Exclusiones generales: – No podrán concederse a empresas de los siguientes sectores: – Pesca y la acuicultura. – Producción primaria de los productos agrícolas. – Actividades relacionadas con la exportación a terceros países o estados miembros cuando la ayuda esté vinculada al establecimiento y la explotación de una red de distribución o a otros gastos corrientes vinculados a la actividad exportadora. – Consultar resto de exclusiones en la convocatoria. Más información y contacto: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/programa-emprendedores-autonomos Puedes contactar con nosotros: autonomosinaem@camarahuesca.com Detalle de las 6 líneas de subvención: Subvenciones del Programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo]]>

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