El Departamento de Medio Ambiente y Turismo, convoca ayudas para Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de las Empresas Turísticas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU.
Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas, físicas o jurídicas, que sean titulares de empresas turísticas, o propietarios de edificios o locales en los que se desarrollen las actividades de dichas empresas, así como de otras actividades económicas vinculadas al sector turístico:
Que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado.
Que estén dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral.
Y cuya actividad esté clasificada bajo alguno de los siguientes códigos de (CNAE):
Que el establecimiento o la actividad para el que se solicita la ayuda se encuentre en Aragón.
Se incluyen las empresas de turismo activo inscritas como tales en el Registro de Turismo de Aragón y se excluyen de estas ayudas las viviendas de uso turístico.
Si tanto las personas titulares de empresas turísticas como los propietarios de edificios o locales en los que se desarrollen sus actividades quisieran obtener financiación para un mismo proyecto, las solicitudes respectivas tendrán que indicar el porcentaje que cada uno de ellos asume sobre la totalidad del proyecto, sin que la suma de los porcentajes pueda superar el 100% del mismo.
Los requisitos exigidos a los beneficiarios deberán mantenerse desde la presentación de la solicitud hasta la justificación formal de la ayuda concedida.
Los beneficiarios destinarán el importe íntegro de la ayuda que reciban al pago de las correspondientes actuaciones subvencionables.
Actuaciones subvencionables
Las actuaciones subvencionables deberán encuadrarse en una o varias de las siguientes tipologías y cumplir con los requisitos específicos que se establecen para cada una de ellas en el anexo I “Actuaciones subvencionables”:
Tipología de actuación 1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
Tipología de actuación 2. Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria; incluida la instalación de redes de calor y frío alimentadas por fuentes de energía renovable y/o calor residual para complejos turísticos de varios edificios.
Tipología de actuación 3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
Tipología de actuación 4. Sustitución de aparatos de refrigeración con función de venta directa y armarios de conservación refrigerados profesionales, por otros de alta eficiencia con etiquetado energético.
Tipología de actuación 5. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones frigoríficas, reguladas por el Reglamento de Seguridad en Instalaciones Frigoríficas.
Tipología de actuación 6. Implantación de instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo con o sin almacenamiento.
Tipología de actuación 7. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones mediante la implantación de sistemas de digitalización, automatización y control y sistemas de gestión de edificios u otras instalaciones.
Tipología de actuación 8. Implantación de medidas de gestión de residuos.
Tipología de actuación 9. Implantación acciones que fomenten la producción y obtención de suministros de proximidad («km0»).
Tipología de actuación 10. Implantación de acciones de formación y concienciación de plantilla y sensibilización de clientes.
Tipología de actuación 11. Implementación de programas de gestión sostenible de recursos, modernización y ampliación de equipos.
A tener en cuenta:
Régimen de concesión: Concurrencia competitiva simplificada.
La inversión mínima subvencionable por establecimiento será de 25.000 euros.
El establecimiento objeto de la ayuda deberá mantener su actividad durante al menos tres años desde fecha de concesión.
Documentación justificativa de la existencia de una contabilidad separada o diferenciada para todas las transacciones relacionadas (ingresos y pagos, incluido, en su caso, el ingreso de ayudas, pagos a proveedores, etcétera).
Si realizada la actividad y finalizado el plazo para justificar, se hubiera pagado sólo una parte de los gastos, a efectos de pérdida del derecho a la percepción de la ayuda correspondiente, se aplicará el principio de proporcionalidad.
Solo se admitirá el pago en metálico en facturas o documentos justificativos del gasto de cuantía inferior a 600 euros por proveedor, con un máximo de 1.000 euros por expediente (IVA incluido) y, en todo caso, la factura incluirá la expresión “recibí en metálico” identificando nombre, apellidos y NIF de la persona que firma y constando la fecha de pago. También se podrá acreditar mediante ingreso en efectivo en cuenta bancaria del perceptor, o mediante certificación de la empresa proveedora que acredite dicho pago en metálico y la fecha de pago.
Se considerarán como costes de gestión de solicitud de la ayuda aquellos gastos que el solicitante pudiera satisfacer a una empresa o profesional por llevar a cabo la gestión administrativa y documental de su solicitud. En ningún caso se admitirá que tales gastos de gestión superen el 4% del importe de la ayuda solicitada, con un límite de 3.000 euros por expediente.
Informe del auditor: De la elaboración del informe del auditor sobre la cuenta justificativa del proyecto. No podrá superar globalmente el siete por ciento del importe de la ayuda solicitada, con un límite de 7.000 euros por expediente. La realización y facturación de estos servicios podrá efectuarse durante el periodo concedido para presentar la documentación justificativa.
Periodo Subvencionable:
Solo se admitirán actuaciones iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda, no considerándose elegible ningún coste relativo a la ejecución de la actuación que haya sido facturado con anterioridad, sin perjuicio de los costes correspondientes a actuaciones preparatorias que sean necesarias para presentar la solicitud o llevar a cabo las correspondientes inversiones, como pueden ser proyectos, memorias técnicas, certificados, etcétera, que sí podrán ser considerados subvencionables, aun cuando hubieran sido facturados con anterioridad, siempre que, en todo caso, estas actuaciones preparatorias se hubieran iniciado con fecha posterior al 1 de enero de 2022.
Todos los proyectos objeto de ayuda deberán estar ejecutados y justificados antes del 31 de mayo de 2025.
Plazo de presentación: El plazo para presentar las solicitudes de subvención comprende desde el 30/07/2024 al 29/10/2024.
** Se presentará una única solicitud por establecimiento o actividad de servicios. En el supuesto de beneficiarios con varios establecimientos, deberá solicitarse para cada uno de ellos de manera independiente.
Justificación: Las actuaciones objeto de ayuda deberán ser ejecutadas y justificadas antes del 31 de mayo de 2025.
Importe de las ayudas:
La cuantía o intensidad de la ayuda no podrá exceder los porcentajes siguientes sobre los costes subvencionables:
a) 35 %, cuando el solicitante tenga la consideración de gran empresa.
b) 45 %, cuando el solicitante tenga la consideración de mediana empresa.
c) 55 %, cuando el solicitante tenga la consideración de pequeña empresa.
** Ayudas Mínimis, donde la intensidad de la ayuda podrá ser del 100% cuando la ayuda se conceda al amparo del Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, y hasta un límite de 300.000,00€ para todas las ayudas de mínimis concedidas a una empresa durante cualquier periodo de tres años, incluido el importe de la ayuda solicitada. https://sedeminhap.gob.es/es-ES/Procedimientos/Paginas/default.aspx?IdProcedimiento=2083&p=2&TMs=29
Impresos de solicitud, modelos, convocatoria completa y tramitación:
Actuaciones Subvencionables por tipología comprendidas en el anexo I, entre otras las siguientes:
*Para más información sobre actuaciones subvencionables, objetivos y requisitos exigibles, consultar ANEXO I de la Orden MAT/822/2024.
Tipología de actuación 1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
Actuaciones subvencionables: Las que se realicen en la envolvente térmica: Soluciones constructivas convencionales las utilizadas habitualmente en los edificios para reducir su demanda energética como, por ejemplo, las que afectan a las fachadas, cubiertas, carpinterías exteriores, vidrios y protecciones solares.Soluciones constructivas no convencionales las conocidas como medidas de “arquitectura bioclimática”, como, por ejemplo: muros trombe, muros parietodinámicos, invernaderos adosados, sistemas de sombreamiento (vegetación), ventilación natural, etc.
Tipología de actuación 2. Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria; incluida la instalación de redes de calor y frío alimentadas por fuentes de energía renovable y/o calor residual para complejos turísticos de varios edificios.
Actuaciones subvencionables:
Energía solar térmica, geotermia, biomasa, soluciones de aerotermia e hidrotermia, sistemas de ventilación natural y forzada, sistemas de enfriamiento gratuito por aire exterior, sistemas de recuperación de calor y del aire de extracción y aprovechamiento de energías residuales, sistemas de control y regulación de equipos.
Sistemas que utilicen técnicas evaporativas que reduzcan el consumo de energía de la instalación: Enfriamiento evaporativo, condensación evaporativa, preenfriamiento evaporativo del aire de condensación, enfriamiento evaporativo directo e indirecto previo a la recuperación de calor del aire de extracción, etc.
Tipología de actuación 3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
Actuaciones Subvencionables: aquellas que permitan mejorar la eficiencia energética en las instalaciones de iluminación interior de las zonas comunes de los edificios existentes. Cabe destacar: Luminarias, lámparas y equipo: sustitución del conjunto por otro con luminarias de mayor rendimiento, lámparas de mayor eficiencia y reactancias electrónicas regulables y que permitan reducir la potencia instalada en iluminación, Sistemas y elementos que permitan el control local, remoto o automático por medios digitales de encendido y regulación de nivel de iluminación: incluirán aquellos sistemas de control por presencia, por zona del edificio o regulación de nivel de iluminación según el aporte de luz natural, Cambio de sistema de iluminación: reubicación de los puntos de luz con utilización de las tecnologías anteriores, de forma que se reduzca el consumo eléctrico anual respecto al sistema actual de iluminación, Sistemas y elementos que permitan el control remoto o el control automático por medios digitales de instalaciones destinadas a controlar, Implantación de sistemas de monitorización que permitan conocer en todo momento las condiciones de confort y la idoneidad de las actuaciones realizadas a favor de la mejora de la eficiencia energética…
Tipología de actuación 4. Sustitución de aparatos de refrigeración con función de venta directa y armarios de conservación refrigerados profesionales, por otros de alta eficiencia con etiquetado energético.
Actuaciones Subvencionables: La sustitución de aparatos de refrigeración existentes con función de venta directa y armarios de conservación refrigerados profesionales, por equipos nuevos con puertas.
Tipología de actuación 5. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones frigoríficas, reguladas por el Reglamento de Seguridad en Instalaciones Frigoríficas.
Actuaciones subvencionables: Aquellas que permitan mejorar la eficiencia energética en las instalaciones frigoríficas, entre ellas las que con carácter orientativo y no limitativo se relacionan a continuación: Sustitución de equipos de compresión, Uso de sistemas control de evaporación flotante, condensación flotante, control de velocidad de ventiladores, subenfriamiento del líquido, variadores de velocidad para accionamiento de compresores, Incorporación de sistemas de acumulación de frío, Incorporación de sistemas de recuperación de calor de condensación, Implantación de sistemas de regulación, control y monitorización, Uso de nuevos fluidos refrigerantes, Sustitución de sistemas actuales por ciclo transcrítico utilizando CO2, Actuaciones para mejora de la calidad del aire interior mediante dispositivos de desinfección de aire con luz UVC…
Tipología de actuación 6. Implantación de instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo con o sin almacenamiento.
Actuaciones subvencionables: incluyen actuaciones fotovoltaicas para autoconsumo
Tipología de actuación 7. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones mediante la implantación de sistemas de digitalización, automatización y control y sistemas de gestión de edificios u otras instalaciones.
Actuaciones subvencionables: Serán actuaciones subvencionables todas aquellas que permitan reducir el consumo de energía convencional en las instalaciones del edificio, manteniendo o mejorando las condiciones de confort y salubridad establecidas por la normativa, cabe destacar entre otras:
Implantación de un nuevo sistema de digitalización, automatización y control de las instalaciones, La ampliación o mejora de uno existente. Instalaciones consumidoras de energía, en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, ventilación y producción de agua caliente sanitaria destinadas a atender la demanda del bienestar térmico e higiene de las personas en los edificios, así como la climatización de las piscinas. Entre otras se considerarán las siguientes: Sistemas de control y regulación de equipos y/o instalaciones que ahorren energía, por ejemplo, en función de la variación de la temperatura exterior, la presencia o las necesidades del usuario, Elementos que permitan el control remoto o el control automático por medios digitales de elementos, para entre, otras las siguientes instalaciones: Sistemas de control automático de toldos, persianas o cortinas del establecimiento turístico, que permitan el aprovechamiento óptimo de la luz, Sistemas de regulación de la climatización, que adapten la temperatura del establecimiento turístico en función de la variación de la temperatura exterior, la hora del día, la zona o la presencia de personas, Sistemas de control remoto o automático de la programación y puesta en marcha de los electrodomésticos, Sistemas de detección de apertura y cierre de ventanas que adviertan de posibles usos ineficientes de energía de los sistemas de climatización, Los sistemas de monitorización del consumo de energía, en tiempo real o de forma diferida, que permitan la transmisión de su información hacia sus usuarios a través de dispositivos digitales…
Tipología de actuación 8. Implantación de medidas de gestión de residuos.
Actuaciones subvencionables. Serán actuaciones subvencionables todas aquellas que permitan reducir la cantidad total de residuos generados por el establecimiento objeto de las ayudas, entre ellas las que con carácter orientativo y no limitativo se relacionan a continuación: Realizar un análisis de los flujos de residuos para identificar las principales fuentes y tipos de residuos generados, Implementar un programa de segregación en la fuente para facilitar la separación de los diferentes tipos de residuos en su origen, Establecer puntos de recolección selectiva de residuos dentro de las instalaciones con contenedores específicos para cada tipo de material (papel, plástico, vidrio, etc.), Capacitar al personal en prácticas de gestión de residuos, incluyendo la correcta segregación y disposición de los mismos, Implementar medidas de reducción en la fuente, como la eliminación de envases innecesarios o la promoción de productos reutilizables, Establecer acuerdos con empresas de reciclaje o reutilización para la gestión adecuada de los residuos generados, Monitorear y evaluar regularmente los resultados del programa de gestión de residuos para identificar áreas de mejora y ajustar las acciones según sea necesario…
Tipología de actuación 9. Implantación de acciones que fomenten la producción y obtención de suministros de proximidad («km0»).
Actuaciones subvencionables. Serán actuaciones subvencionables todas aquellas que fomenten la producción y obtención de suministros de proximidad, entre ellas las que con carácter orientativo y no limitativo se relacionan a continuación: Identificar y establecer relaciones con proveedores locales que ofrezcan productos y materias primas compatibles con las necesidades del establecimiento objeto de las ayudas, Priorizar la compra de productos de temporada cultivados o producidos en la región, Promover la colaboración con agricultores, ganaderos, pescadores y otros productores locales mediante la firma de acuerdos de suministro a largo plazo, Organizar ferias o mercados locales en las instalaciones del establecimiento objeto de las ayudas para facilitar la venta directa de productos locales a empleados y miembros de la comunidad, Implementar sistemas de seguimiento y evaluación para medir el impacto de la estrategia de suministro de proximidad en términos de reducción de emisiones de carbono y apoyo a la economía local…
Tipología de actuación 10. Implantación de acciones de formación y concienciación de plantilla y sensibilización de clientes.
Actuaciones subvencionables: Aquellas que fomenten la concienciación de la plantilla y sensibilización de clientes en cuanto al buen uso de las instalaciones, entre ellas las que con carácter orientativo y no limitativo se relacionan a continuación: Diseñar un plan de formación en sostenibilidad adaptado a las necesidades y perfiles de los empleados, abordando temas como eficiencia energética, gestión de residuos, consumo responsable, Impartir sesiones de formación presenciales o virtuales, talleres prácticos y charlas informativas para mejorar el uso de las nuevas tecnologías que se incorporen al establecimiento objeto de las ayudas, Crear material educativo y recursos didácticos (videos, guías, manuales, etc.) para facilitar el aprendizaje y la comprensión de los temas tratados, Establecer puntos de información y concienciación ambiental en las instalaciones del establecimiento objeto de las ayudas, proporcionando material educativo sobre prácticas sostenibles y consejos para los clientes, Organizar actividades prácticas, como jornadas de voluntariado ambiental o proyectos de mejora ambiental en las instalaciones del establecimiento objeto de las ayudas, para involucrar activamente al personal en iniciativas sostenibles, Establecer canales de comunicación interna para promover la difusión de información relevante sobre sostenibilidad y mantener a los empleados informados sobre las iniciativas y logros del establecimiento objeto de las ayudas en este ámbito…
Tipología de actuación 11. Implementación de un programa de gestión sostenible de recursos y modernización y ampliación de equipos.
Actuaciones subvencionables. Serán actuaciones subvencionables todas aquellas que fomenten la mejora de la sostenibilidad de las operaciones, entre ellas las que con carácter orientativo y no limitativo se relacionan a continuación: Realizar una evaluación exhaustiva de los procesos de producción de los recursos, identificando oportunidades de mejora en términos de eficiencia energética y sostenibilidad, así como las necesidades de modernización de equipos, Implementar tecnologías y prácticas innovadoras para optimizar el uso de energía en los procesos de producción, incluyendo la sustitución y ampliación de equipos por modelos más eficientes, Establecer alianzas estratégicas con proveedores locales para garantizar un suministro sostenible y eficiente de materias primas y recursos necesarios para la producción, así como la adquisición de equipos modernos y eficientes, Capacitar al personal en prácticas de gestión sostenible de recursos y en el manejo adecuado de los nuevos equipos, incluyendo el mantenimiento y operación eficiente, Realizar un seguimiento regular del consumo energético y el rendimiento de los procesos de producción, así como de los nuevos equipos, y ajustar las acciones según sea necesario para alcanzar los objetivos establecidos, Comunicar de manera transparente y efectiva las iniciativas de gestión sostenible de recursos y modernización de equipos a todas las partes interesadas, destacando los beneficios tanto ambientales como económicos y sociales…