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Ayudas para la Industria 4.0 y las iniciativas de valor añadido de las pymes

Información sobre las Ayudas para la Industria 4.0 y las iniciativas de valor añadido de las PYME, en el marco del Programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP).
Beneficiarios: Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón
Plazo de presentación de solicitudes: un mes, computado de fecha a fecha, a partir del día siguiente de la publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”, de esta convocatoria. Hasta el 25 de mayo de 2017. 
CONVOCATORIA BOA 25 ABRIL 2017
Período para realizar las actuaciones objeto de las ayudas (período subvencionable): Comienza el 1 de octubre de 2016 y se extiende hasta el 30 de septiembre de 2017, ambas fechas inclusive.
Categorías de las ayudas de esta convocatoria:
– Ayudas regionales a la inversión:
a) Una inversión en activos nuevos, materiales o inmateriales, para la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de un establecimiento existente, la diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales o un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.
– Ayudas a la investigación industrial y desarrollo experimental:
b) Proyectos de investigación industrial, que consistan en la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes; comprende la creación de componentes de sis­temas complejos y puede incluir la construcción de prototipos en un entorno de labora­torio o en un entorno con interfaces simuladas con los sistemas existentes, así como líneas piloto, cuando sea necesario para la investigación industrial y, en particular, para la validación de tecnología genérica.
c) Proyectos de desarrollo experimental, que consistan en la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, pro­cesos o servicios nuevos o mejorados; puede incluir también, por ejemplo, actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios.
– Ayudas a la innovación:
d) Podrán ser objeto de ayuda los costes asociados a la obtención, validación y defensa de patentes y otros derechos de propiedad industrial.
– Ayudas para servicios de consultoría técnica:
e) Podrán ser objeto de ayuda los costes de servicios de consultorías de carácter técnico contratados. Estos servicios no podrán consistir en actividades permanentes o perió­dicas, ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa, como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad.
Costes subvencionables por categorías:
Categoría de ayudas regionales a la inversión:
– Coste de la adquisición de activos nuevos materiales o inmateriales, excluidos terrenos y edificios.
Categoría de ayudas a la investigación industrial y desarrollo experimental:
– Coste del personal técnico con una participación justificada, concreta y específica en el proyecto.
– Coste del instrumental y equipos técnicos en la medida y tiempo en que se utilicen para el proyecto.
– Costes de investigación y consultoría externa contratada.
Categoría de ayudas a la innovación:
– Costes de obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales.
Categoría de ayudas para servicios de consultoría técnica:
– Costes de consultoría externa contratada para potenciar o abordar nuevos procesos estratégicos.
IMPORTANTE:
* Los activos materiales contemplan conceptos como la maquinaria, bienes de equipo y el equipamiento industrial.
** Los activos inmateriales contemplan conceptos como el software, las patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual.
***En el caso de la adquisición de activos, no se considerará como coste subvencionable la adquisición de materiales y suministros, aunque posteriormente puedan formar parte o con­tituir un activo.
****No se admitirán gastos correspondientes a bienes o servicios suministrados por proveedores del mismo grupo, asociados o vinculados con el solicitante, salvo que habiéndose indicado expresamente en la solicitud, concurran las siguientes circunstancias:

  1. a) Que la contratación se realice de acuerdo con las condiciones normales de mercado.
  2. b) Que se obtenga la previa autorización del órgano concedente en los términos establecidos en la resolución de concesión de la ayuda.

IMPORTE AYUDA POR CATEGORÍA E IMPORTES MÍNIMOS:

  Intensidad bruta de la ayuda Gasto elegible mínimo (euros)
Categoría de ayudas regionales Empresa pequeña Mediana Empresa Importe máximo de la ayuda Empresa pequeña Mediana Empresa
Inversión para la provincia de Huesca 30% 20%         200.000,00 €  15.000,00 €  30.000,00 €
Investigación y desarrollo industrial 50% 40%         200.000,00 €    9.000,00 €  12.000,00 €
Innovación-Propiedad industrial 50% 40%          35.000,00 €    6.000,00 €    9.000,00 €
Consultorías 55% 55%          35.000,00 €    6.000,00 €    9.000,00 €


Criterios y baremos:

v      Proyectos de diagnóstico, implantación o convergencia hacia la Industria 4.0: 30 puntos.
v      Proyectos de empresas participantes en el programa PAED: 30 puntos.
v      Proyectos de empresas participantes en la iniciativa Industria Conectada 4.0: 30 puntos.
v      Proyectos alineados con los principios y directrices de estrategia industrial acordados en el Consejo de Industria de Aragón: 20 puntos.
v      Integración y complementariedad con otros instrumentos y medidas del Departamento de Economía, Industria y Empleo: 20 puntos.
v      Proyectos orientados a la innovación, a la diferenciación competitiva, al crecimiento o a la ampliación de mercados: 15 puntos.
v      Microempresas y pequeñas empresas (según definición del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión): 15 puntos.
v      Empresas jóvenes (empresa individual o pequeña empresa con menos de 3 años de existencia en el momento de la solicitud): 15 puntos.i) Empresas que persigan el interés económico-social realizando actividades econó­micas, bajo la forma de sociedades cooperativas o laborales: 15 puntos.
v      Proyectos de desarrollo plurianual que hubieran resultado perceptores de ayudas en la convocatoria inmediatamente anterior a la presente, y que no encadenen más de tres años en la concesión de sucesivas subvenciones: 10 puntos.
v      En coherencia con los principios horizontales del P.O. FEDER Aragón 2014-2020, em­presas que promocionen los principios de igualdad entre mujeres y hombres, la no discriminación y la accesibilidad para personas con discapacidad; así como los pro­yectos que integren/supongan mejoras medioambientales: 10 puntos.
v      Grado de elaboración, calidad y claridad de la solicitud: 10 puntos.

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