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Actualización importante sobre VERIFACTU y plazos de adaptación

Informamos de una modificación relevante que afecta a todas las empresas y autónomos que deben adaptar sus sistemas de facturación al nuevo estándar electrónico Verifactu.

El Real Decreto-ley 15/2025, que incluye la prórroga de los plazos de implantación de la normativa Verifactu, fue ratificado por el Congreso de los Diputados. Esto significa que:

El Real Decreto-ley 15/2025 vuelve a aplazar VERIFACTU:

  • Empresas (Impuesto de Sociedades): obligación de tener el software adaptado antes del 1/1/2027.
  • Autónomos y resto de contribuyentes IRPF/IRNR: antes del 1/7/2027.
  • Los fabricantes de software sí siguen obligados: desde el 29/7/2025 solo pueden vender programas ya adaptados a VERIFACTU (salvo contratos de mantenimiento antiguos, que tienen el margen hasta 2027).

Este aplazamiento ofrece un margen adicional para planificar y ejecutar la adaptación técnica de los sistemas de facturación, algo que muchas organizaciones estaban solicitando para poder integrar los requisitos de forma ordenada y sin prisas.

Quienes aún no se han adaptado (la mayoría): Ganan un año más, pero no es una invitación a “no hacer nada”.

  • Si facturan 100 % en papel, sin ningún sistema informático, no les aplica VERIFACTU (aunque es un buen momento para digitalizarse).
  • Si usan Word/Excel o programas no adaptados, deberán revisar bien si están obligados y, en su caso, aprovechar el tiempo extra para actualizar o cambiar de software.
  • Quien pensaba entrar en el SII ahora tiene más margen para decidir (hasta diciembre de 2026).

Qué hacer ahora

  • Revisa el calendario interno de adaptación.
  • Coordina con tu proveedor de software para asegurar la compatibilidad con Verifactu.
  • Aprovecha este tiempo extra para hacer pruebas, formaciones y validar procesos.

Quienes ya se han adaptado: Han asumido el coste y el esfuerzo (formación, cambios internos, etc.) sin compensación.

Pueden tener ventaja competitiva al ir por delante. Si están en modalidad VERIFACTU (envío automático a AEAT), deben mantenerla hasta el 31/12/2025; en 2026 pueden pasar a NO VERIFACTU y, en la práctica, incluso volver a sistemas anteriores (Excel, etc.), aunque solo sea para aplazar la obligación.

Si necesitas apoyo para planificar el cumplimiento de esta normativa o quieres más detalles sobre cómo puede afectar a tu empresa, estamos a tu disposición para ayudarte.

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