Madrid, 26/09/2013. Las Cámaras de Comercio han manifestado hoy su compromiso para, a través del nuevo Servicio de Mediación, “reducir la sobrecarga de Juzgados y Tribunales, por una parte, y, también, mejorar la competitividad de las empresas, resolviendo los conflictos de forma ágil, eficaz y poco costosa para las empresas”.
De esta manera se ha manifestado hoy el presidente del Consejo Superior de Cámaras de Comercio, Manuel Teruel, durante el acto de inauguración del III Simposio de Tribunales y Mediación en España, que se celebra en Madrid. Junto a Teruel, han inaugurado el acto el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón; el presidente del Consejo General del Poder Judicial, Gonzalo Moliner; el presidente del Consejo de la Abogacía, Carlos Carnicer; el presidente del Consejo de Procuradores, Juan Carlos Estévez; el presidente del Consejo General del Notariado, José Manuel García Collantes y la presidenta de GEMME-España, María Lourdes Arastey.
Teruel se ha referido al convenio firmado recientemente entre las Cámaras de Comercio y el Consejo del Poder Judicial (CGPJ) para impulsar conjuntamente la mediación. En este sentido, ha añadido que, además, desde las Cámaras “estamos trabajando, junto con el Poder Judicial, para tratar de atraer a la Mediación, incluso desde el proceso judicial, aquellos asuntos ya en trámite, para que puedan ser solventados extrajudicialmente con el acuerdo de las partes”.
Por su parte, Gallardón ha hecho especial hincapié en la necesidad de, a través de la Mediación “sustituir la cultura del conflicto por la del acuerdo” y de ofrecer a ciudadanos y empresas los medios adecuados a cada tipo de conflicto.
En este marco de modernización de la Justicia, Gallardón ha adelantado que próximamente se van a firmar dos Reales Decretos, el primero en materia de formación específica de mediadores para facilitar a ciudadanos y empresas un registro de mediadores a los que puedan acudir. El segundo Real Decreto hace referencia a la posibilidad de poder acudir a la Mediación de manera no presencial a través de medios electrónicos.
También, Moliner se ha referido a la Mediación como “un instrumento importante, esencial en el Estado de derecho», puesto que «proporciona vías alternativas de resolución» que complementan al sistema judicial”.
¿Por qué es necesario impulsar la Mediación?
La mediación supone beneficios económicos para las partes en el litigio. Según datos del Banco Mundial, elaborados en 2012 en el ámbito Europeo, la mediación resulta un 76% más barata que la justicia ordinaria y se demuestra cinco veces más rápida (la mediación se resuelve en una media de 88 días frente a los 548 días que –como media- se tarda en tomar una resolución judicial).
El III Simposio de Tribunales y Mediación en España ha dado comienzo hoy en la sede de CaixaForum Madrid bajo el título “Balance de un año de vigencia de la Ley 5/2012 de Mediación Civil y Mercantil”. Durante este Simposio, hoy y mañana, más de 60 especialistas en mediación de toda Europa compartirán sus conocimientos y experiencias con más de 400 asistentes, a través de mesas de expertos, coloquios abiertos y recomendaciones finales.
Ésta es la tercera edición del Simposio de Tribunales y Mediación que organiza GEMME-España junto con el Consejo Superior de Cámaras de Comercio, Consejo General del Poder Judicial, Consejo General de la Abogacía Española, Consejo General del Notariado, Consejo General de Procuradores e Ilustres Colegios de Abogados, Procuradores y Notarios de Madrid.
Servicio de Mediación de las Cámaras de Comercio
La mediación es una vía de resolución de conflictos pacífica y fuera de los tribunales de justicia. A través de este servicio se evita la vía judicial, con el consiguiente ahorro de costes en términos monetarios y de tiempo para las empresas.
El Servicio Cameral de Mediación se implanta de forma homogénea en todo el territorio nacional, y se caracteriza por su sencillez, voluntariedad y la disposición de un equipo técnico de mediadores perfectamente cualificados y homologados por las Cámaras.
El procedimiento garantiza la plena igualdad de oportunidades, la confidencialidad y el respeto hacia los puntos de vista de cada parte, para que las empresas encuentren una solución amistosa y flexible a sus diferencias, sin que sus relaciones comerciales se vean necesariamente alteradas. Para ello, se ha llevado a cabo una selección de un elenco de mediadores rigurosamente formados; y se dispone de un reglamento que describe los pasos esenciales para garantizar un servicio eficaz, ágil y con unas tarifas muy competitivas.
La función de mediación y arbitraje ha estado presente en las leyes de bases de las Cámaras de Comercio de 1911 y 1993, consolidándose como una actividad habitual de estas instituciones.
Desde 1993, las Cámaras cuentan con una red de más de 40 Cortes y Tribunales de Arbitraje, junto con la Corte Española, adscrita al Consejo Superior, se han convertido en pioneras en materia de arbitraje mercantil.
Además, el caso español no es ajeno en el contexto internacional, de modo que el 81% de las Cámaras de Comercio europeas ejerce actividades de mediación y arbitraje, constituyéndose en algunos casos como el canal obligatorio para la resolución de determinados conflictos mercantiles, como en Francia o Italia.
Por todos estos motivos, las Cámaras de Comercio están hoy en condiciones de prestar un servicio insustituible de apoyo a las empresas en la resolución de sus litigios civiles y mercantiles.
Como corporaciones de derecho público y organismos intermedios de la Administración, las Cámaras están dispuestas a jugar un papel cada vez más activo en defensa de los intereses generales.
Su cercanía y conocimiento de la realidad de cada territorio del país, así como la garantía de independencia, otorga a las Cámaras una posición privilegiada para servir de cauce entre las empresas y las Administraciones Públicas y seguir aportando soluciones en la búsqueda de la mayor competitividad y cohesión económica y social de España.