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Convocatoria del programa Volveremos 2025

ORDEN PEJ/410/2025, de 16 de abril, por la que se convoca el procedimiento para la adhesión de las entidades locales aragonesas al programa de ayudas “Volveremos 2025” de fomento del pequeño comercio minorista, para la dinamización comercial en el medio urbano y rural de la Comunidad Autónoma de Aragón.

BOA NÚMERO 79 DE 28 DE ABRIL DE 2025.

OBJETO:

Regula el procedimiento de adhesión de entidades locales aragonesas que deseen cofinanciar el programa Volveremos 2025 de fomento del pequeño comercio minorista.

DESTINATARIOS:

Las entidades locales (Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Aragón que dispongan, al menos de un establecimiento comercial y que adquieran el compromiso de cofinanciar el Programa Volveremos) interesadas en participar en el Programa Volveremos.

QUÉ ES EL PROGRAMA VOLVEREMOS:

El programa de actuación “Volveremos” subvenciona al comercio los saldos generados por los clientes, usuarios de la aplicación digital móvil, con sus compras de bienes de consumo o servicios en pequeñas o medianas empresas (PYMES) adheridas al programa “Volveremos”.

Para los usuarios el saldo se genera con cada compra realizada en los establecimientos, en las fechas establecidos por el programa, y son admitidos como medio de pago en las siguientes compras realizadas en la misma red de establecimientos adheridos. El saldo generado por los usuarios, con los fondos aportados por el Gobierno de Aragón, se podrá utilizar en cualquier municipio que concurra en cada convocatoria “Volveremos” hasta agotar el presupuesto asignado a un municipio determinado o hasta el 31 de diciembre de 2025.

Las entidades locales, partícipes en cada convocatoria “Volveremos”, cofinanciarán, conjuntamente con el Gobierno de Aragón el programa “Volveremos”, y podrán incorporar o añadir, si lo desean, en la aplicación digital “Volveremos” otras campañas de estímulo a las compras que realicen en sus términos municipales. El dinero aportado por las entidades locales sólo se podrá utilizar en los establecimientos comerciales de ese municipio, mientras que el proveniente de Gobierno de Aragón podrá utilizarse en cualquier establecimiento de Aragón adherido al programa “Volveremos”, hasta agotar el presupuesto asignado o hasta el 31 de diciembre de 2025.

OBLIGACIONES DE LA ADHESIÓN:

La adhesión al programa obliga a la entrega de fondos que conforman el Programa Volveremos a Consejo Aragonés de Cámaras (entidad colaboradora) en el plazo como mínimo de 10 naturales previos a la activación de la campaña correspondiente. Una vez hecha la transferencia, la entidad local deberá expedir un certificado del Secretario o Secretario-Interventor con el visto bueno del Alcalde o Presidente, que acredite la cuantía transferida.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

La solicitud de adhesión se formulará por aquellos municipios que puedan participar en la convocatoria. Mediante la solicitud de adhesión se formaliza la participación en el programa determinando el importe que aporta el municipio como parte cofinanciadora del programa y que solo podrá ser gastada en dicho municipio.

Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Comercio, Ferias y Artesanía del Departamento de Presidencia, Economía y Justicia presentándose electrónicamente a través de la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón conforme al modelo específico disponible en la dirección electrónica https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/Adhesion-Municipios-programa-Volveremos/convocatoria-2025 o incluyendo en el buscador de trámites el procedimiento número 10885.

PLAZO ADHESIÓN:

El plazo de presentación de solicitudes será de CINCO DÍAS HÁBILES comenzando el día siguiente al de la publicación en el BOA de esta Orden (publicada el día 28 de abril de 2025)

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

-Memoria breve indicando la cuantía en euros que el Ayuntamiento va a destinar, la población del municipio según el último censo del INE, la relación de los establecimientos comerciales en gran superficie (de más de 2.500 metros cuadrados) ubicados en el municipio.

-Certificado del Secretario o Secretario – Interventor relativo a la condición de estar al día en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón, de haber adoptado medidas de racionalización del gastos y de haber presentado planes econonómico-financieros en el caso que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores.

-Otra documentación o información adicional que considere de interés.

-Solicitud de informe sobre inexistencia de duplicidades (artículo 7.4. de la Ley 7/1985, de 2 de abril en redacción dada por Ley 27/2013, de 27 de diciembre).

-Declaraciones responsables:

                *Datos de solicitud son verdaderos

                *Tiene la capacidad de representación de la entidades en el procedimiento.

                *Que la solicitante presentará informe preceptivo y vinculante sobre el ejercicio de una nueva competencia y su efecto en la sostenibilidad financiera del conjunto de la Hacienda municipal a la Dirección General de Administración Local.

VIGENCIA DE LA ADHESIÓN:

La adhesión al Programa Volveremos estará vigente desde la fecha de su convocatoria hasta el 31 de marzo de 2026.

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