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La Cámara, en las Jornadas Nacionales sobre Mediación

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Salamanca acoge las IV Jornadas Nacionales sobre Mediación, en las que está participando Paula Lacasa, asesora jurídica de la Cámara de Huesca especializada en esta materia. La mediación es una vía de resolución de conflictos entre empresas o personas alternativa a la judicial y que, entre otras ventajas, ahorra tiempo y dinero.
La mediación es una vía de resolución de conflictos entre personas o empresas con la ayuda de un profesional neutral e imparcial. Esta solución se caracteriza por su rapidez, confidencialidad, voluntariedad de las partes implicadas y neutralidad del mediador. Para que las empresas y los aragoneses conozcan las ventajas de este procedimiento, el Gobierno de Aragón y la Corte Aragonesa de Arbitraje y Mediación –impulsada por las Cámaras de Comercio aragonesas y colegios de abogados, notarios, procuradores, economistas e ingenieros-  colaboran y realizan campañas para promocionar esta alternativa a los tribunales ordinarios.


Frente a otras vías de resolución de conflictos, la mediación ofrece ocho ventajas específicas: facilita el diálogo entre los implicados en un conflicto, impulsando así la comunicación; mejora y fortalece la relación entre las partes; promueve la responsabilidad de cada uno de los afectados; aporta ventajas para todos ya que no existen perdedores; favorece el cumplimiento de los acuerdos; ahorra tiempo y dinero en relación a los trámites judiciales; garantiza la confidencialidad del proceso; y, además, salvaguarda la imagen empresarial.
Soluciones
Son muchos los conflictos que se pueden resolver a través de la mediación: socios de una empresa que ya no comparten una visión común y deciden separarse, problemas de sucesión en empresas familiares, desavenencias en una relación contractual, conflictos empresariales y civiles que requieran especial confidencialidad… La mediación puede proporcionar una solución extrajudicial económica y rápida mediante procedimientos adaptados a las necesidades de las partes.
En un proceso de mediación, las partes conservan la responsabilidad y el control respecto de la controversia y no transfieren el poder de la toma de decisiones al mediador: el resultado se determina por la voluntad de las partes. Esta circunstancia permite tener en cuenta todos los intereses empresariales y personales que las partes consideren importantes.

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